Consejo de establecimiento

Para la totalidad del establecimiento.


• Composición:

 

El consejo de establecimiento es una instancia tripartita compuesta por un número igual de miembros de derecho, que representan a las directivas y administración, al personal del establecimiento ya los padres de familia y los alumnos. (24 miembros deliberativos, 6 miembros consultativos)

 

El rector preside el consejo de establecimiento.
Miembros con derecho a voz y voto

 

Los representantes de las directivas y administración:
• El rector
• El vicerrector
• El Director Administrativo y Financiero (DAF)
• El CPE (consejero principal de educación)
• Los directores de elemental y pr escolar
• El consejero de cooperación y de acción cultural de la embajada o su representante.

 

Para los usuarios:

• 6 padres de alumnos (primaria y secundaria)
• 2 alumnos

 

Para el personal

• 6 docentes (primaria y secundaria)
• 2 miembros del personal, no docentes

 

Miembros con derecho a voz:

• El cónsul de Francia o su representante
• Los delegados de la asamblea de los franceses en el exterior
• Dos personalidades locales designadas por el rectoren en consideración de sus competencias en los campos social, económico y cultural.
• El presidente del consejo de administración de la ACFE y un segundo consejero.
• El vicepresidente del “consejo de la vida liceísta”.
• Los personeros padre de alumno y alumno.

 

El presidente puede invitar a las sesiones del consejo a cualquier persona cuya consulta juzgue conveniente en función del orden del día

Los representantes de los padres y del hijo personal elegidos por sus pares en un escrutinio de lista, por voto directo o por correspondencia. Los representantes de los alumnos son elegidos por los delegados de cada salón reunidos en asamblea estudiantil.

 

• Atribuciones:

El consejo de establecimiento es el órgano máximo en todo lo que se refiere a la vida académica, a la organización escolar y actividades culturales y socioeducativas. No pretende sustituir al consejo de administración en las áreas de gestión que le son propias.

– Es dentro del CE que el reglamento interno del establecimiento se elabora. Es adoptado después de deliberación de las autoridades de tutela y de la instancia de gestión, sobre las disposiciones que pueden tener una incidencia financiera.
– El proyecto de establecimiento, cuya parte pedagógica se basa en las propuestas de los equipos pedagógicos, es adoptado por el CE.
– El CE emite opinión:
– sobre las propuestas de cambio en las estructuras, la composición de los cursos e innovaciones pedagógicas coherentes con el proyecto y sobre la utilización racional de los recursos humanos.
– sobre el calendario y los horarios del año escolar de acuerdo con la legislación vigente,
– sobre la selección de los manuales escolares,
– sobre las actividades de las asociaciones (deportivas y educativas) y clubes que funcionan dentro del establecimiento,
– sobre el funcionamiento y la calidad de la vida escolar, las condiciones de higiene, de salud y de seguridad,
– sobre las propuestas de la célula de formación continua,
– sobre todo acuerdo con fines pedagógicos o de formación continua,
– sobre la política de información de todo el personal, de los alumnos y de los representantes legales de los alumnos.
– El CE puede, por iniciativa propia o por solicitud del rector, expresar su punto de vista sobre todos los aspectos que se relacionan con la vida escolar.
– El CE es informado sobre el presupuesto y el tema financiero

 

• Funcionamiento:
– El rector fija las fechas y las horas de las sesiones, envía las convocaciones acompañadas con el orden del día, con no menos de diez días de anticipación (este plazo podrá reducirse en caso de urgencia); el orden del día se presenta al comienzo de la sesión.
– El CE se reúne en sesión ordinaria por iniciativa del rector al menos una vez por trimestre.
– El CE se reúne en sesión extraordinaria por solicitud del consejero de cooperación, del rector del liceo o por al menos la mitad de sus miembros, con derecho a voz y voto, con un orden del día establecido.
– El CE elabora su reglamento interno.
– El CE designa a 2 secretarios para la sesión, encargado de preparar un acta, que será someida a aprobación en la siguiente sesión y firmada antes de ser publicada.

AFILIACIÓN

Aproveche los convenios y espacios que tenemos para usted. Participe activamente en nuestros proyectos y actividades. Afíliese y pague desde la comodidad de su casa en solo dos pasos.